El Distrito Judicial de Lima se desconcentró y descentralizó, mediante Decreto Ley Nº 25680, Ley Nº 28765,
en Distrito Judicial de Lima Norte, Lima Sur y Lima Este; solamente entró en funciones el de Lima Norte, el
10 de noviembre de 1993, con sede en el Distrito de Independencia.
En el caso del Distrito Judicial de Lima Sur, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, por Resolución Administrativa
Nº 269-2008-CE-PJ, declara que su Sede se encuentra en el Distrito de Villa María del Triunfo; con competencia
territorial que abarca los distritos de Villa María del Triunfo, San Juan de Miraflores, Villa El Salvador,
Lurín, Santísimo Salvador de Pachacamac (excluyéndose la zona del Centro Poblado Lomas de Manchay, la Resolución
Administrativa 292-2008-CE-PJ precisa que la exclusión se trata del Centro Poblado Los Huertos de Manchay),
Punta Hermosa, Punta Negra, San Bartolo, Santa María del Mar y Pucusana.
Mediante Resolución Administrativa N° 292-2008-CE-PJ, se dispone que las Salas de la Corte Superior de Justicia
de Lima Sur se conformarían mediante la reubicación y conversión de la Octava Sala Civil de la Corte Superior
de Justicia de Lima, en Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur; la Sexta Sala Penal Especial
de la Corte Superior de Justicia de Lima, en la Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur.
A nivel de Juzgados se dispuso que los Juzgados de Paz Letrados, Juzgados Especializados y/o Mixtos, quedarán conformados,
por lo que actualmente vienen funcionando en dichos distritos.
La nueva Corte de Lima Sur estaría conformada, en cuanto a su Gobierno y administración, por un Presidente;
la Sala Plena, compuesta por los Jueces Superiores Titulares; por la Oficina Desconcentrada de Control de la
Magistratura (ODECMA) y la Oficina de Administración Distrital.
Por no contar con una infraestructura adecuada el funcionamiento de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur
es diferida por Resolución Administrativa Nº 134-2009-CE-PJ, disponiéndose transitoriamente que la Sala Penal y
Civil de la Corte de Lima Sur entren en funcionamiento como Salas Descentralizadas de la Corte Superior de Justicia
de Lima, con competencia territorial que abarca los distritos antes mencionados.
Tal hecho origina que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, mediante Resolución Administrativa
Nº 002-2010-P-CSJL-PJ, designe a los integrantes de dichos colegiados para el año judicial 2010, dándose inicio de
esta forma con las labores jurisdiccionales de la Sala Penal y Civil como Sala Descentralizadas de la Corte Superior
de Justicia de Lima, a partir del día 5 de enero de 2010, tal situación se mantendría hasta que el Consejo Ejecutivo
del Poder Judicial disponga finalmente el funcionamiento de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur.